POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL
TERRORISMO (LAFT)
OXIGENADOS Y DERIVADOS S.A.S., sociedad legalmente constituida, identificada con NIT. 800250626-4, en desarrollo de su actividad económica e impulsando la cultura de administración del Riesgo, en busqueda de prevenir y controlar su operación para evitar incurrir en delitos asociados al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, a continuación, expone sus políticas para el análisis del riesgo tendiente a prevenir el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo, así:
Se adopta un sistema que conlleve:
1. Identificación del riesgo
2. Medición del Riesgo
3. Control del Riesgo
4. Monitoreo del Riesgo
En aplicación de las políticas contractuales y empresariales de OXIDER, sus accionistas, trabajadores, contratistas y vinculados, aplicarán el esquema enumerado anteriormente conforme a las siguientes directrices:
1) Identificación del Riesgo: La compañía pondrá a disposición las herramientas necesarias para que los asociados, trabajadores, contratistas y vinculados puedan identificar los riesgos referentes al LAFT en toda negociación, contratación o desarrollo de la actividad económica de la empresa, implementando de ser necesario, la adquisición de servicios tendientes a buscar en las listas nacionales e internacionales de los datos con quien la empresa se relaciona.
2) Medición del Riesgo: Una vez implementadas las herramientas para la identificación del riesgo LAFT, los hallazgos deberán permitirle a la empresa medir o evaluar los posibles riesgos frente a conductas inherentes de LAFT, para así establecer un perfil del riesgo que permita establecer que conductas son o no factibles de LAFT.
3) Control del Riesgo: Creado el perfil del riesgo LAFT, se deben implementar medidas que permitan controlar la no ocurrencia de conductas LAFT, como lo son, entre otras, sin limitarse a ello, cláusulas de responsabilidad y seguridad del origen de recursos, restricciones frente a personas o sujetos con riesgo de conductas LAFT, denuncias o comunicación directa con autoridades que tengan facultades para la investigación y apoyo en la detención de posibles implicados con las conductas LAFT y uso de las demás herramientas jurídicas y policiales para la prevención y control de dichas conductas.
4) Monitoreo del Riesgo: Se implementarán correctivos y vigilancia constante de las herramientas que permitan identificar de manera eficiente y certera los riegos LAFT.
Conforme a lo anterior, la empresa debe velar por que se cumpla lo siguiente:
➢ Respecto a los terceros relacionados: Todo trabajador, contratista o subcontratista de OXIDER, que intervenga en operaciones o transacciones de índole nacional o internacional en nombre de la empresa, está obligado a aplicar las medidas de control que establezca la compañía tanto en esta política como en los procedimientos, para la adecuada y diligente identificación de terceros, en el marco de sus funciones y que puedan estar relacionados con conductas LAFT.
➢ Colaboración para el logro de los objetivos: Todos los trabajadores, contratistas y subcontratistas de OXIDER, están obligados a colaborar en las verificaciones o recopilación de información requerida para el Sistema de Prevención en Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, así como a informar las operaciones que dentro del desarrollo normal de sus labores y lo definido en esta política corresponda a una operación inusual o sospechosa de posible LAFT.
➢ Confidencialidad de la información: Ningún colaborador de OXIDER, podrá dar a conocer a terceros, información sobre procedimientos o controles en Lavado de Activos o Financiación del Terrorismo, así como los informes que sobre el tema se envíen a las autoridades competentes.
➢ Principios de relación con Terceros Relacionados: OXIDER, realiza sus operaciones bajo los siguientes principios:
• Cumplimiento de las leyes nacionales e internacionales vigentes, así como las normas y reglamentaciones que le aplican a la actividad propia de sus negocios y relacionados con el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.
• Cumplimiento de los principios fundamentales del pacto Global de las Naciones Unidas.
• Cumplimiento del Código de ética empresarial.
• Todo acto se realizará con transparencia en la ejecución de las labores y en los resultados obtenidos en las actividades de la empresa.
• Gestión del riesgo de forma responsable, razonable, continua y sostenible.
• Cero tolerancia y negociación con vinculados en las listas ONU, OFAC y/o cualquier otra de nivel nacional o internacional que identifique conductas o personas relacionadas con el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.
• Reporte a la UIAF o ante cualquier otro organismo de control de las operaciones inusuales y/o sospechosas.
• Analizar, revisar y reportar pagos recibidos desde paraísos fiscales según Decreto 1966 de 07 de octubre de 2014 y de jurisdicciones no cooperantes de acuerdo con el GAFI.
Para el debido cumplimiento de lo establecido en estas políticas y las normas nacionales e internacionales para la prevención de Lavado de Activos o Financiación del Terrorismo, cualquier investigación que identifique alguna operación sospechosa o inusual, deberá ser informada junto con las pruebas pertinentes al Comité de Ética, órgano que deberá elaborar un informe para el reporte de dichas conductas ante las entidades de control correspondientes y ante la Asamblea General de Accionistas.
FECHA PUBLICACIÓN Y SOCIALIZACIÓN:
17 DE JUNIO/2024
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ADRIANA MARULANDA VELÁSQUEZ
R.L. OXIGENADOS Y DERIVADOS S.A.S